La Identidad de Cristóbal Colón. Una Teoría que no Certifica la Transformación de Pedro Madruga en Colón y Desbarata el Galleguismo de Colón
Este va a ser mi último post del año, tengo en preparación otros que los subiré el año próximo, por eso quiero acabar el año subiendo el último post que haré sobre Pedro Madruga-Colón, creo que la información objetiva documentada e histórica es importante para hacerse una composición de la misma, los propios defensores de dicha teoría no van a aportar ni publicar nada que pueda suponer la más mínima duda al respecto.
Yo soy un fiel defensor del origen gallego de Cristóbal Colón, pero no por capricho, sino porque hay una serie de fundamentos que solo se pueden explicar si Colón tenía relación con Galicia, todos esos fundamentos han sido de sobra expuestos en diferentes post en este blog desde su creación como ejemplo expongo unos pocos: no se puede explicar que Colón utilice palabras exclusivas gallegas sin que tenga una relación con dicho idioma ejs: debuxar, deprender, fermoso, oscurada, estes, eses, boy, fasta….. Tampoco se puede entender que los topónimos puestos por Colón en las Indias iguales a las de la costa gallega, principalmente la costa pontevedresa, hayan sido puestos sin tener una relación con Galicia ejs: punta lanzada, punta fragilde, punta galea, cabo com, río serpe, San Salvador, Sta María de la Concepción, cabo da vela…. Tampoco se puede entender que Colón no tuviera relación con Galicia y sus barcos cuando en todos los viajes llevo naves gallegas y que en el primer viaje utilice como nao capitana una nao llamada la gallega y que se denomine con el nombre de Sta María, curiosamente la Basílica construida por los mareantes de Pontevedra con el mismo nombre. Y por último tampoco se puede entender que los descendientes directos de Colón se establecieran en Pontevedra teniendo casas y fincas o como el XIV Duque de Veragua con una finca en Poio denominada la Puntada y que vendió en 1796.
Estos y otros son mis fundamentos por los cuales me inclino a pensar en un origen gallego de Cristóbal Colón, estos fundamentos ya estaban descubiertos cuando el señor Philippot comenzó a investigar su teoría sobre la supuesta identidad de Colón, es decir, un 95% de la teoría ya estaba realizada algo que desconoce muchas personas seguidoras de dicha teoría, se creen que fue el propio Philippot el que descubrió todo. Al señor Philippot lo que si hay que agradecerle es su aportación al conocimiento de un noble feudal gallego que era un gran desconocido entre el publico gallego pero nada más. A los señores: Celso García de la Riega, Prudencio Otero, Enrique Zas, Rafael Calzada, Horta y Pardo, Luciano Rey y un largo etc, son a quienes hay que agradecer el estudio y desarrollo de la teoría del origen gallego de Colón.
Yo no dudo de la honradez de los defensores de la teoría Madruga-Colón, de lo que si dudo es de su método, rigurosidad histórica, de las suposiciones y especulaciones con las que llevan a cabo el desarrollo de su teoría.
Por no saber ni se sabe dónde nació Pedro Madruga, desde luego en Poio no ya esta demostrado que no era hijo de ninguna Colón, y en Pontevedra es muy dudoso, lo más lógico es que naciera en lugar de dónde era su madre.
Por otra parte no exploran comparativamente la vida de Colón para comprobar si pueden ser el mismo personaje y aquí es donde más insignificancia adquiere dicha teoría no hay ningún paralelismo en la vida llevada a cabo por Colón y la llevada a cabo por Madruga, ya he puesto muchos ejemplos de esto pero hay uno que no se menciona tanto y esta en el testamento de Colón de 1506, en el dice que se hagan todos los meses misas por las almas de su padre, madre y por su mujer. Teresa de Tábora mujer de Madruga murió en 1509, es decir, que la misa no podría ser por ella sino por la mujer muerta.
En base a todo lo expuesto y siendo consciente de que al Colón gallego se le esta haciendo un flaco favor por parte de los señores que siguen y persisten en la hipotética identificación de Pedro Álvarez de Sotomayor, Pedro Madruga, con Cristóbal Colón no me resisto a seguir aportando pruebas de la inviabilidad de dicha teoría.
Casi toda la documentación que voy a aportar se encuentra en el pleito que el Marqués de Mos, D. Benito Fernando Correa, dirigió contra la Duquesa de Sotomayor, Dª María Masones de Lima, para reclamar el Mayorazgo establecido por Diego Sotomayor en 1543, el pleito data de 1773 y para llevarlo a cabo se presentó toda la documentación habida, tanto Jurídica de la Audiencia de Galicia y de la Chancillería de Valladolid, notarial, cédulas y cartas de ejecución de los RR.CC y pruebas testificales.
Aclaraciones:
Pedro Álvarez de Sotomayor= Pedro Madruga I Conde de Camiña
Teresa de Tabóra mujer de Pedro Álvarez de Sotomayor= Pedro Madruga
Alvaro de Sotomayor= Hijo de Pedro Madruga II Conde de Camiña
Alvaro Páez de Sotomayor= Hermano de Pedro Madruga
Diego, Alfonso, Constanza, Mayor, Fernando, Cristóbal de Sotomayor hijos de Pedro Álvarez de Sotomayor=Pedro Madruga
El texto esta copiado del original por tanto la ortografía es diferente
P.41.fol.57
Un pedimento presentado á nombre de Doña Teresa de Tábora Y de sus hijos Don Diego, Don Christobal y demas, diciendo que en un pleyto que trataban con Garcia Sarmiento acerca de la oposicion por aquellos hecha, habia dado Sentencia la Real Audiencia, declarando no haber lugar á la oposicion, y mandando despachar Carta Execuroria de las Sentencias que estaban dadas á favor de Garcia de Sarmiento, y que se execurasen en todas las partes que no lo estaban: cuya Sentencia habia sido ó era ninguna [..] Doña Teresa y sus hi- jos habian de dar informacion para impedir la execucion y las partes contrarias no habian de hacer probanza, ni habia sido cometido el asunto á la Audiencia en otros términos, porque no solamente habia mandado ésta que la, parte contraria probase, sino que le habian dado lugar á que hiciese probanza, acerca de la falsedad que alega contra las Escrituras de Doña Teresa y sus hijos, porque estos habian probado su intencion por Escriruras y testigos, y que el Conde Don Pedro Alvarez su padre, habia tenido y poseido la Villa de Salvatierra por suya hasta que falleció […]
Fol.8.b. Pregunta 17
Que D. Pedro Alvarez de Sotomayor, Conde de Camiña, despues del año 1482 vivió por espacio de quatro o cinco años, y en todo este tiempo tuvo y poseyó las casas y fortalezas de Sotomayor y Fornelos, y tierras de ellas como Señor de las mismas; y que por su fallecimiento entró en ellas D. Alvaro de Sotomayor su hijo como su heredero universal; y que así las tuvo, y poseyó hasta que falleció.
También se compulsaron las deposiciones de los siguientes
Seis Testigos.
1.° Payo Rodriguez, vecino de la Villa de Monzon en Portugal, de edad de 50 años.
2º Juan de Lima Escribano de S.M.» vecino de la de Salvatierra de
3° Luis Agulla, vecino del Valle de Villarteme, jurisdiccion de Salvatierra de…
4° Rodrigo Alfonso, clerigo Abad de S. Salvador de Reis jurisdiccion deVigo……
5.° Juan Prieto de la Feligresía de S.Pedro de Cela de……
6.° Juan de Lago, vecino de Petelos, jurisdiccion de Bayona
El primero dixo sabia, y era y se acordaba bien de ello que D. Pedro despues del año de 82 vivió cierto tiempo (no sabia quanto) Y tuvo las dichas fortalezas con sus vasallos y rentas y las poseyó como Señor de ellas hasta que falleció; y por su fallecimiento las hubo y heredó D. Alvaro su hijo.
El 2.° 3.° 4.° Y 5·° afirman que D. Pedro Alvarez vivió despues del año de algunos con expresion del tiempo que fué, y el en que murió y todos quatro , que siempre en su vida habia tenido, poseido y gozado las fortalezas de Sotomayor y Fornelos con todos los vasallos y rentas, cotos y feligresías á ellos anexos y pertenecientes despues de la muerte de su hermano; y que despues de la del D. Pedro Alvarez, las hubo y heredó D. Alvaro su hijo legítimo, el qual las tuvo, y poseyó hasta que falleció.
Y el 5.° dixo sabia que falleció D. Pedro hacía 1486 poco mas ó menos; que por su muerte era público y verdad, que D. Alvaro su hijo hubo y heredó las citadas fortalezas, con sus vasallos, rentas, cotos y feligresías; y lo tuvo y poseyó hasta que falleció.
Fol. 9. b.
En 28 de Junio de 1494, ante el Presidente y Oidores de la Chancillería de Valladolid pusieron demanda Garcia Sarmiento , Pedro y Diego Sarmiento, Diego de Quiroga y Doña Teresa su muger, Homilia y Garcia sus hijos, y Doña Catalina á Don Alvaro de Sotomayor, Conde de Camiña, [..] Por un otrosí dixeron tambien que Pedro Alvarez de Sotomayor habia matado al Diego Perez Sarmiento y despues le habia robado todos los bienes muebles que tenia en su Casa de Canedo y destruyéndole y tomando y ocupándole la tierra y vasallos por tiempo de doce años, con los frutos y rentas, que valdrian en cada uno 1000 maravedis; Y siendo así que dicho Pedro Alvarez habia muerto dexando por su hijo Y universal heredero en todos sus bienes y hacienda al Don Alvaro.[..]
A esta demanda contesto Don Alvaro de Sotomayor negando todo su relato; y expresando, que todo el tiempo que habia tenido Alvaro Paez de Sotomayor, hermano de Madruga y tío del denunciado, la Fortaleza y tierra de Sobraso habia sido por justo título de venta y otros […] a partir de aquí en el juicio se hacen preguntas numeradas y las respuestas son avaladas por testigos:
A la pregunta 21 articuló el Don Alvaro que podría haber siete ú ocho años, poco mas ó menos, que Don Pedro Alvarez de Sotomayor, Conde de Camiña , habia muerto, [..]
39 testigos refirieron contestes ser cierto el contenido de la pregunta de oidas públicas , y por ser público y notorio
Real Carta-Executoria de la misma Chancillería de 6 de Febrero de 1490 á favor de Alvaro de Sotomayor, Conde de Camiña [..] y porque estaba probado contra él que por mandado de Pedro Álvarez de Sotomayor, Conde de Camiña , difunto, habia hecho y fabricado otras muchas Escrituras falsas en su provecho.
Escritura de cesion otorgada por Doña Constanza de Sotomayor, hija de P. Madruga á favor de D. Fernando de Sotomayor, su hermano, en 24 de Diciembre de 1495.
Por testamento del citado Alfonso Mora Escribano y Notario público de la Villa de Bayona, Doña Constanza de Sotomayor, hija legítima de Don Pedro Alvarez de Sotomayor, ya difunto, y de Doña Teresa de Tábora con licencia de Garcia Mendez de Socomayor , su marido otorgó Escritura, en que refiriendo tenia y la pertenecia por parte de su padre y madre cienos bienes, así muebles, como raizes en los Reynos de Portugal y Galicia, los dió y traspasó á su hermano Don Fernando, que estaba presente […]
Escritura de donacion otorgada por Don Christobal de Sotomayor, Hijo P. Madruga, á favor del Don Diego en el mismo dia 28 de Enero de 1500.
Ante el propio Escribano de Cámara Diego Martinez de Toledo .. Don Christobal de Sotomayor con licencia de Dona Teresa de Tábora, su madre, otorgó igual Escricura de donacion «inter vivos que la antecedente á favor de Don Diego de Sotomayor su hermano, de toda la parte de los bienes y herencia, así muebles, como raizes , vasallas, heredades, maravedis de juro, pan, vino, y otras qualesquier cosas y rentas que le perteneciesen de su legítima por fin del Conde Don Pedro Alvarez de Sotomayor , su padre,…..
Carta-Executoria librada por la Chanciliería de Valladolid á D. Garcia Sarmiento del pleyto que siguió sobre particion, y division de la Casa de Sotomayor, y bienes anexos á ella.
Don Fernando e donna Ysabel etcétera. A vos, el excelentísimo governador e alcaldes mayores del nuestro Reyno de Galizia, o a qualquier de vos. Salud e gracia.
ES.47161.AGS/2.2.26.3//RGS,LEG,149203,172
Titulo Nombre atribuido: Restitución al conde de Camiña de feligresías y vasallos.
Año 1492
Sepades que don Álvaro de Sotomayor, conde de Caminna, nos fizo relazión por su petición diziendo que, en el tiempo que su padre, el conde de Caminna hera, bino en su nombre como administrador de su persona e bienes, tuvo e poseyó las feligresías de Comieçae Sumiera, e Pedraza e Testal, e otras feligresías e vasallos […] despojándolo a él e al dicho su padre de la dicha posición en que asý estavan; e que después del falleçimiento del dicho su padre, el dicho Montenegro, estando el dicho don Álvaro en nuestro servicio, el dicho Montenegro asý mismo le tiene por fuerça, entrandos e tomandos las dichas sus feligresías de Comerça e Suymyera e Pedraza e otros cástulos, e se las tiene oy día contra su voluntad; e que el dicho Montenegro, non contento, dejó como tiene mando en la dicha villa de Pontevedra fue a sus casas que el dicho don Álvaro tiene en la dicha villa con[çierto gran], e le quitó la madera que quiso dellas e se la llevó e le desoló las cámaras e soberados e de la dicha su huerta; e le arrancó e llevó çiertos naranjos e los puso a otros su huerta, que [aund] le ha tomado estando él a nuestro servicio otras muchas cosas, en lo qual él ha resçibido mucho agravio e danno.
Acordo entre Diego de Soutomaior e seus irmáns con García Sarmiento sobre o preito pola vila de Salvaterra
AGS. 1.1.33. CRC,12,1. 1504.
«En la çibdad de toro estando y el señor Rey administrador et gobernador destos Reygnos de Castillas y de leon y de granada y etc. por la muy alta et muy poderosa Reyna dona Juana nuestra señora su fija, en persona de my Bartolome Ruys de Castañeda escrivano de camara de su alteza y de los testigos de yusos escriptos. Parescieron y presentes garçia sarmiento cuya es soberoso de la una parte y don diego de soto mayor fijo de don pero alvares de soto mayor conde que fue de Camyña que dios aya de la otra, […]
Otrosy que por quanto al dicho garçia sarmiento le ovo pedido el conde de Camyna don alvaro de Sotomayor hermano del dicho señor don diego la su fortaleza de soberoso y su tierra et jurisdiçion et el dicho señor don diego es heredero et subçesor del dicho conde de Camyña su padre et hermano del dicho conde don alvaro, que el desde agora por la parte que le cabe et por los dichos sus hermanos et señora madre et personas suso dichas renunçia todo su derecho et acçion sy alguna tiene en qual quier manera que le pudiese pertenesçer a el o la dicha señora su madre o hermanos enel dicho garçia sarmiento […]
Restitución ao conde de Camiña das freguesías, vasalos e casas de Pontevedra usurpadas por Lope de Montenegro
AGS. RGS,149203,172. 13/03/1492.
«Don Fernando e doña Ysabel etc a vos el nuestro gobernador et alcaldes mayores del nuestro Reyno de galisia o qual quiera de vos salud et gracia sepades que don alvaro de Sotomayor conde de Camyña nos fiso relaçion por su peto disiendo que en el tienpo que su padre el conde de camyña hera byvo […]
de la dicha vylla de pontevedra por fuerça et contra su voluntad del dicho su padre et suya estando el dicho don alvaro en nuestro servicio asy en la guerras pasadas como en nuestra corte syn mandamiento de jues ny decreto titulo ny cabsa justa que se diese tomo et ocupo la dicha su feligresya de astal despojandolo a el et al dicho su padre de la dicha posision en que asy estava et que despues de fallesçer nyto del dicho su padre el dicho montenegro estando el dicho don alvaro en nuestro servicio el dicho montenegro asy mysmo le tiene por fuerça entrados et comidos la dicha su filigresya de tomeça et saymyera et pedrosa et con otras casalaes et se las tyene oy dia contra su voluntad et que dicho montenegro non contento deso como tiene mando en la dicha vylla de pontevedra.
1486, febrero, 18, Alcalá de Henares.
AGS, RGS, Leg. 148602, 1.
(…). Sepades que don Álvaro de Sotomayor, nuestro criado e contyno de nuestra casa, nos fiso relaçión que para en las cosas cunplideras a nuestro serviçio en la pas e sosyego del dicho reyno de Galisya, él entendía tomar las fortalesas dela villa de Salvatierra e Fornelos que el Conde de Camina, su padre, tenía. E porque después d-ansý avidas en su poder, él (…).
Creo que en el texto anterior queda suficientemente claro que Pedro Madruga, Conde de Camiña, estaba en desgracia con los RR.CC. poco antes de su muerte. Pero, además, queda también suficientemente claro que su hijo, don Álvaro, obraba en, por y con consentimiento de los RR.CC.
Este documento lo he puesto al final del post porque aunque no parece importante, si lo es, por esclarecer ciertos datos:
En el documento lo denominan Alvaro de Sotomayor no le añaden “Conde de Camiña” y eso es porque su padre estaba vivo en Febrero de 1486 murió en Abril de ese mismo año aunque pudo haber sido más tarde, sin embargo, en todos los posteriores de los RR.CC si le añaden Conde de Camiña. Por el mismo motivo dicen que el conde de camiña, Pedro Madruga, tenía y no dicen difunto o muerto como si dicen en los posteriores.
Por si fuera poco este documento añade otra explicación en contra y es lo siguiente: el documento es de 18 Febrero 1486, Philippot y seguidores dicen que el 20 de Enero de 1486 en Alcalá de Henares desaparece Pedro Madruga y se convierte en Cristóbal Colón con acuerdo con los RR.CC, el famoso “secreto de estado”, pues bien esta claro que con este documento no hay tal acuerdo ni tal secreto pues siguen tratando a Pedro Madruga como vivo cuando en realidad según la teoría Madruga-Colón debería llevar un mes muerto.
Testamentos de Alvaro y Fernando Sotomayor
Más documentos de Pedro Madruga difunto y Teresa de Tábora viuda
Toda la documentación presentada en este post y las añadidas en las urls de este blog los seguidores de la teoría Madruga-Colón la explican de diferente forma, por ejemplo en el testamento de Alvaro dicen que es falso, pero no lo demuestran ni tampoco el por qué?, tampoco aparece en ningún juicio tachado de falso, y en cualquier caso no dicen nada del testamento de Fernando ni de las cartas de cesión de Cristóbal y Constanza Sotomayor ni tampoco de un documento que aparece en uno de los enlaces en el cual citan a Alfonso de Sotomayor, otro hijo Madruga, como canónigo de la Catedral de Tui y en el que se dice que Pedro Alvarez de Sotomayor esta difunto, es del año 1488.
De los sentencias alegan que los jueces no tenían porque saber que estaba vivo, simplemente que lo daban por muerto, resulta extraño que la Audiencia de Galicia o la Chancillería de Valladolid, este sería como el Tribunal Supremo de la época, no supieran o no se preocuparan en sus sentencias de saber que los hijos de Pedro Madruga eran herederos o que su mujer Teresa de Tábora la denominan como viuda y por supuesto tratan a Madruga como difunto, también dicen que mienten los testigos de dichos juicios, lo cual es raro porque el perjurio estaba muy castigado en la época.
En cuanto a las cédulas y cartas ejecutorias de los Reyes, alegan que los Reyes sabían lo que escribían resulta extraño que unos Reyes mientan en un documento publico que a la sazón resultaría falso si se descubriera, resulta un poco chocante que los Reyes falsifiquen su propia documentación, sabiendo además lo que había en juego en alguna cédula o carta ejecutoria y que afectaba a terceros, resulta más incomprensible que a Alvaro de Sotomayor lo llamen Conde de Camiña, sabiendo que no puede haber dos personas que ostenten dicho título estando vivas, Madruga-Colón, solo en el caso de estar el primer conde muerto, Madruga-Colón, podría ser denominado Alvaro como el II Conde de Camiña y que decir de los Reyes de Portugal Joao II y Alfonso que Gobernaron en vida de Alvaro ya que el condado de camiña esta en su reino.
En fin lectores/as ustedes tienen la información ahora pueden decidir con toda libertad si es posible o no la teoría sobre la identidad de Cristóbal Colón en Pedro Madruga.
Felices Fiestas